El arrastre de casos: la deuda judicial que el gobierno de Puerto Rico ignora

Un sistema al límite y una crisis judicial que la pandemia profundizó.

San Juan, Puerto Rico | Abril de 2026 – Cada año, en Puerto Rico, el Tribunal de Primera Instancia (TPI) registró en promedio 62,588 casos sin resolver desde el año 2020, según datos del Poder Judicial que evidenciaron una acumulación de sobrecarga judicial. A finales de diciembre de 2025, el número de casos sin concluir fue de 53,600.

Según el directorio jurídico Lawyer Legion, “con una población de más de 3 millones de personas, Puerto Rico cuenta con más de 14,000 abogados activos.” Sin embargo, solo 331 jueces son recursos activos del TPI a nivel isla, responsables de la justicia del país.

El precio de la espera dentro del sistema judicial

La presidenta del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, Viviane Godineaux, fue contundente: “Justicia tardía, no es justicia”. Sus palabras apuntan a un problema estructural dentro del sistema judicial de la isla. De acuerdo con la guía de Educación a la Comunidad del Poder Judicial, todo proceso legal comienza cuando la parte demandada es emplazada; es decir, cuando recibe formalmente copia de la demanda en su contra. Godineaux explicó que, al acreditarse ese emplazamiento ante el tribunal, la ley obliga a que se celebre una vista de manejo de caso y se adjudiquen fechas en un plazo no mayor de 30 días. Sin embargo, afirmó que las demoras que se producen tienen un impacto real sobre el veredicto de los juicios.

En promedio, los casos de familia, menores, criminales y violencia doméstica del TPI se resuelven en dos meses, según datos del Poder Judicial desde el año 2020. De tratarse de un caso criminal, las Reglas de Procedimiento Criminal de 1963 establecen que, por el derecho del acusado, este debe ser atendido dentro de 120 días sin un retraso justificado. Sin embargo, Iona Fournier, joven de 23 años que prestó fianza, acusada de daño agravado, amenaza, intimidación y agresión, aún espera celebrar su juicio desde 2023 en la región judicial de Mayagüez. Fournier expresó: “Tuve como 15 vistas de estatus fácilmente antes de que finalmente pusieran fecha de juicio”.

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Gráfica de barra generada con datos del Anuario Estadístico del Poder Judicial de Puerto Rico (2020–2024), que visualiza el promedio en meses de resolución de casos por año fiscal. 

El derecho del acusado frente al derecho de la víctima

Otra ley que aplica en este proceso es la detención preventiva, mediante la cual el acusado tiene 180 días para que se celebre el juicio o queda en libertad, mecanismo conocido como hábeas corpus según la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Es una medida justa del sistema judicial, pero peligrosa cuando se trata de un acusado culpable.

Alanna Suárez, estudiante de la Escuela de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico, expresó que “es responsabilidad del sistema judicial evitar que la gente tome la justicia en sus manos”. El enfoque del gobierno de Puerto Rico no ha sido en la justicia, como señala Godineaux. El TPI, en el año fiscal 2023-2024, contó con 61 jueces municipales, la menor cantidad de recursos desde 2015.

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Gráfica “heat map” generada con datos del Anuario Estadístico del Poder Judicial de Puerto Rico (2020–2024), visualizando la trayectoria anual del índice de resolución por región judicial para comparar el comportamiento y las fluctuaciones entre los cuatro períodos de forma simultánea.

Un tribunal incompleto en tiempos de crisis

Desde la pandemia hasta el 2024, el Tribunal Supremo incumplió con la Ley Núm. 87 del 26 de julio de 2010, firmada por el gobernador Luis Fortuño, que exige contar con una jueza presidenta y ocho jueces asociados para la toma de decisiones y garantizar la eficiencia ante el alto volumen de casos. El foro operó con ocho jueces activos hasta 2022 y con siete entre 2023 y 2024, una cantidad que dificultó la votación de decisiones que afectan a Puerto Rico. No fue hasta principios de 2025 que la gobernadora Jennifer González Colón pudo cubrir ambos puestos vacantes.

A principios de 2026, el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, presentó el Proyecto del Senado 1096, el cual busca derogar la Ley de la Judicatura del 2003. La propuesta plantea que el Tribunal de Primera Instancia opere con un total de 338 jueces, todos bajo la categoría de juez superior, lo que conlleva la eliminación de la figura del juez municipal tal como existe en la actualidad. Suárez advirtió que la medida “le añade más carga a un sistema que está estancado por la sobre legislación”.

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Gráfica de barras horizontales de datos del Anuario Estadístico del Poder Judicial de Puerto Rico (2020–2024), visualizando el cambio neto acumulado por región judicial para identificar cuáles mejoraron o empeoraron su capacidad de resolución durante todo el período.

Ante las demoras que enfrenta el sistema judicial, Ayuda Legal de Puerto Rico ofrece una alternativa. La organización sin fines de lucro, que brinda educación y asistencia legal gratuita a la ciudadanía, impulsa la mediación como mecanismo para resolver disputas sin necesidad de comparecer ante un juez. De esta manera, las partes pueden llegar a un acuerdo de forma más ágil. Godineaux propone que esta herramienta deje de ser opcional, sugiriendo “implementar métodos de mediación de manera obligatoria, no voluntaria.”

La información que el sistema genera, pero no explica

El Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), creado en 2019, es una “plataforma oficial para el litigio electrónico y la tramitación digital de casos en los tribunales de Puerto Rico”, según indica su página web. Permite radicar documentos desde el navegador y mantiene al usuario informado del estatus de su caso. No obstante, contar con una plataforma digital no garantiza que la información que genera sea fácil de interpretar y acceder. El Lcdo. Jean-Carlo Pérez Nieves, director de prensa de la Oficina de Administración de los Tribunales, reconoció públicamente que la plataforma enfrentó fallas técnicas en diciembre de 2024 durante su proceso de perfeccionamiento.

Los Anuarios Estadísticos del Poder Judicial de Puerto Rico fueron analizados por el director del Instituto de Estadísticas, Orville Disdier, quien identificó una limitación en la forma en que se presenta la información. Disdier recomendó desglosar los datos de manera que se pueda distinguir entre los casos resueltos en el año en curso y aquellos que venían arrastrándose de años anteriores. “Tendría una gráfica titulada ‘casos resueltos que se presentaron en —— año fiscal y casos resueltos de años anteriores”, propuso. Según los datos, en el año 2023 se resolvieron más casos de los que se presentaron ese mismo año, lo que a primera vista podría interpretarse como una mejora en la eficiencia del sistema. Sin embargo, Disdier aclara que esa cifra incluye casos originados en años previos que finalmente fueron cerrados, sin que los datos indiquen su año de origen, lo que distorsiona la lectura real del rezago judicial.

Para Iona Fournier, el sistema judicial no es una estadística. Es una fecha de juicio que tardó años en llegar. Su historia pone rostro a lo que los números confirman: un sistema que carga más de lo que puede sostener. Mientras la reorganización del sistema judicial se debate y los datos se malinterpretan, la deuda con la ciudadanía sigue creciendo. Disdier lo resume con claridad: sin saber de dónde vienen los casos que se resuelven, es imposible determinar si el sistema realmente está mejorando, o simplemente aparentando hacerlo.

Referencias:

Ayuda Legal de Puerto Rico. (s.f.). La mediación como alternativa para la solución de conflictos.

https://ayudalegalpr.org/en/resource/la-mediacin-como-alternativa-para-la-solucin-de-conflictos?

ang=ES

Estado Libre Asociado de Puerto Rico. (2024). Constitución del Estado Libre Asociado de

Puerto Rico (Rev. 15 de abril de 2024). Oficina de Gerencia y Presupuesto.

https://bvirtualogp.pr.gov/ogp/Bvirtual/leyesreferencia/PDF/Derechos%20Civiles/CON

T/CONST.pdf

LawyerLegion. (2020, noviembre 6). Bar Association of Puerto Rico (BAPR) | Colegio de Abogados de

Puerto Rico (CAPR). https://www.lawyerlegion.com/associations/state-bar/puerto-rico

Ley Núm. 87 del 26 de julio de 2010, para enmendar el Artículo 3.001 de la Ley de la Judicatura

de 2003. Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

https://bvirtualogp.pr.gov/ogp/Bvirtual/leyesreferencia/PDF/2/0087-2010.pdf

Senado de Puerto Rico. (2026). Proyecto del Senado 1096.

https://cdn.noticel.com/2026/03/05215517/PS-1096-judicatura.pdf

Poder Judicial de Puerto Rico. (2021). Anuario estadístico 2020–2021.

https://poderjudicial.pr/documentos/informes/Anuario-Estadistico-2020-2121.pdf

Poder Judicial de Puerto Rico. (2022). Anuario estadístico 2021–2022.

https://poderjudicial.pr/documentos/informes/Anuario-Estadistico-2021-2022.pdf

Poder Judicial de Puerto Rico. (2023). Anuario estadístico 2022–2023.

https://poderjudicial.pr/Documentos/Informes/Anuario-Estadistico-2022-2023.pdf

Poder Judicial de Puerto Rico. (2024). Anuario estadístico 2023–2024.

https://poderjudicial.pr/documentos/informes/Anuario-Estadistico-2023-2024.pdf

Poder Judicial de Puerto Rico. (2025). Anuario estadístico 2024–2025.

https://poderjudicial.pr/Documentos/Informes/Anuario-Estadistico-2024-2025.pdf

Poder Judicial de Puerto Rico. (s.f.). Emplazamiento. Educación a la Comunidad.

https://poderjudicial.pr/educacion-a-la-comunidad/informacion-sobres-temas-legales/acceso-a-lo

-tribunales/emplazamiento/

Poder Judicial de Puerto Rico. (s.f.). Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC).

https://tribunalelectronico.ramajudicial.pr/sumac2018

Entrevistas:

Disdier, O. (2026, abril). [Entrevista personal]. Instituto de Estadísticas de Puerto Rico.

Fournier, I. (2026, abril). [Entrevista personal].  Universidad de Puerto Rico, Recinto de Utuado.

Godineaux, V. (2026, marzo). [Entrevista personal]. Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico.

Pérez Nieves, J. (2026, abril). [Entrevista personal]. Oficina de Prensa, Oficina de Administración de los Tribunales, Poder Judicial de Puerto Rico.

Suárez, A. (2026, marzo). [Entrevista personal]. Universidad Interamericana de Puerto Rico, Escuela de Derecho.

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